Mercancías para exhibición, letreros y banderas
Se requiere un permiso de las leyes locales para colocar cualquier producto para exhibición, carteles o banderas en terrenos del Consejo.
Comunidad Ley de Vivienda Local Número 1, 2018, cláusula 4.3 establece lo siguiente: Una persona no debe, sin un permiso, colocar o hacer que se coloque en una carretera o terreno del Consejo ninguna estructura, letrero, mesa, silla o bienes para exhibición.
Por favor, consulte Página web de permisos para áreas de comedor al aire libre Para obtener información sobre áreas de comedor al aire libre.
Solicitud de permiso para exhibir en terrenos del consejo artículos, letreros o banderas
Para solicitar permisos para exhibir productos, carteles publicitarios o banderas en terrenos del Consejo, envíe lo siguiente al Consejo:
- Formulario de solicitud cumplimentado.
- Pago de la tasa de solicitud.
- Certificado de seguro de responsabilidad civil por $20 millones en moneda vigente.
Condiciones generales del permiso
Una vez que el Ayuntamiento haya recibido la solicitud de permiso completa, un funcionario autorizado organizará una visita al lugar para determinar si se pueden aprobar los permisos. Si se aprueban, los permisos estarán sujetos a una serie de condiciones que incluyen, entre otras, las siguientes.
- Cualquier artículo que se permita exhibir en terrenos del Consejo según un permiso de las leyes locales debe:
- colocarse en terrenos del Consejo directamente frente a las instalaciones (a menos que sea parte de un evento organizado o patrocinado por el Consejo);
- no se colocará en ninguna franja mediana, rotonda o a menos de 10 metros de cualquier intersección;
- ser relevante únicamente para el negocio en cuestión y no ser de naturaleza ofensiva;
- no causar ninguna obstrucción, molestia o peligro a ningún miembro del público o vehículo;
- ser colocado y asegurado a satisfacción de un Funcionario Autorizado del Consejo;
- se colocará un Distancia mínima de 1.8 m desde la fachada de la tienda. a menos que un funcionario autorizado especifique lo contrario para garantizar un camino despejado para los peatones;
- estar en la acera únicamente durante el horario comercial del solicitante;
- mantenerse adecuadamente en todo momento a satisfacción del Consejo;
- estar construidos de un material resistente para resistir ser volcados por el viento y causar posibles lesiones a un miembro del público; y
- no se adjuntará a ningún activo del Consejo ni a ningún activo de otras empresas sin el consentimiento previo por escrito del Consejo. Por ejemplo: postes de electricidad, árboles, señales de tráfico.
- El Titular del Permiso deberá, en todo momento durante el Plazo del Permiso acordado;
- ser titular de una póliza de seguro de responsabilidad civil vigente con respecto a las actividades aquí especificadas a nombre del Solicitante que proporcione cobertura por una suma mínima de $20,000,000 (veinte millones de dólares o más); y
- suministrar al Consejo una copia del Certificado de Moneda vigente como evidencia del seguro de responsabilidad pública en todo momento; y
- Si la póliza de responsabilidad pública expirará durante el plazo del permiso, proporcionar al Consejo un Certificado de vigencia revisado al menos 5 días hábiles antes del vencimiento del seguro mantenido por el Consejo; y
- El titular del permiso debe asegurarse de que el Consejo tenga un certificado vigente (responsabilidad pública) como prueba de cobertura en todo momento durante el plazo del permiso acordado;
- La póliza de responsabilidad civil deberá contratarse con una aseguradora aprobada por el Consejo.
- El Certificado de Moneda será el único documento aceptado como prueba de seguro y deberá adjuntarse/incluirse con el formulario de solicitud de permiso.
- La póliza de responsabilidad civil cubrirá dichos riesgos y estará sujeta únicamente a las condiciones y exclusiones que apruebe el Consejo. Estas condiciones se extenderán para cubrir al Consejo contra todas las acciones, costos, reclamos por lesiones personales, daños a la propiedad, cargos, gastos, sanciones, demandas y daños de cualquier tipo que puedan iniciarse, hacerse o reclamarse contra ellos en relación con el desempeño o el supuesto desempeño del Titular del Permiso de sus obligaciones en virtud de este Permiso y que estén directamente relacionados con los actos negligentes, errores u omisiones del Titular del Permiso.
- El Permiso se cancela automáticamente si ha transcurrido la fecha de vencimiento que figura en cualquier Certificado de Moneda suministrado al Consejo.
- Un funcionario autorizado del Consejo puede, en cualquier momento, cambiar, modificar, cancelar o retirar cualquier permiso.
- Si no se obtiene un permiso, se ha cancelado o no se han cumplido las condiciones del permiso, los funcionarios autorizados del Consejo pueden incautar el/los artículo/s, lo que dará lugar al pago de una tarifa de incautación para la liberación del artículo.
- El incumplimiento de la Ley local de vida en comunidad n.º 1 de 2018 del Ayuntamiento, incluidas las condiciones de los permisos, o el incumplimiento de una notificación de cumplimiento puede dar lugar a acciones legales, incluidas notificaciones de infracción o acciones judiciales. La pena máxima por cada infracción en el Juzgado de Paz es de 2000 $.
- El permiso no es transferible ni se puede reasignar. En caso de que la empresa se venda o subarrienda, el permiso pierde su validez y se debe obtener uno nuevo.
Condiciones de los productos para exhibición
- La superficie total de cualquier mercancía expuesta en la acera debe ser:
- no más ancho que 1.0m.
- no más largo de 3.0m.
- no más alto de 2.0m.
Condiciones de los carteles publicitarios
- El marco del rótulo publicitario deberá ser:
- no menor de 0.5m de alto y 0.3m de ancho.
- No mayor a 1.2 m de alto y 0.9 m de ancho.
- Sólo se podrá colocar un cartel en cada escaparate y éste deberá ser fácilmente identificable por el propietario.
- Cuando exista más de un negocio en el local, el rótulo deberá ser compartido.
Condiciones de la bandera en forma de lágrima
- Las dimensiones totales de la bandera en forma de lágrima no serán mayores a 3.0 m de alto y 0.9 m de ancho.
- Un funcionario autorizado del Consejo evaluará la cantidad de banderas permitidas y dependerá del tamaño de la fachada de la tienda y del impacto potencial en cualquier cartel o producto en exhibición, cualquier activo del Consejo, incluidas las plazas de estacionamiento, las intersecciones, los bancos, etc.
- Cuando exista más de un negocio en el recinto, la bandera deberá ser compartida.
Aviso de cumplimiento
Si has recibido un Aviso de cumplimiento de un funcionario autorizado, asegúrese de completar el trabajo requerido antes de la fecha especificada.
Incumplimiento de las normas del Consejo Ley local de vida en comunidad número 1 de 2018, incluidas las condiciones del permiso, o el incumplimiento de una Notificación de cumplimiento puede dar lugar a acciones legales, incluidas notificaciones de infracción o acciones judiciales. La pena máxima por cada infracción en el Tribunal de Magistrados es de $2000.
Para obtener más información, por favor Contactar con el Consejo.